Política AML/KYC de Casino Luckia Arica

1. Introducción y base normativa

Casino Luckia Arica S.A., con domicilio en Avenida Chile 1108, Arica, Región de Arica y Parinacota, Chile, opera bajo la Ley N° 19.995 y figura inscrito ante la Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ). Está sujeto a las obligaciones de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo establecidas en la Ley N° 19.913 y reguladas por la Unidad de Análisis Financiero (UAF). Este documento expone los principios y procedimientos generales para el cumplimiento de tales obligaciones.

2. Alcance

La política es aplicable a:

– Toda persona que ingrese a las salas de juego.

– Toda persona que establezca una relación permanente, incluyendo inscritos en programas de beneficios o fidelización.

– Toda persona que realice operaciones ocasionales iguales o superiores a los umbrales UAF vigentes.

– Todo el personal que intervenga en atención, operación de juego o gestión de transacciones.

3. Obligaciones de identificación del cliente (KYC)

3.1 Identificación en relaciones permanentes

Para relaciones permanentes, el establecimiento debe identificar y registrar la identidad del cliente antes del inicio de la relación. La identificación se realiza mediante documento de identidad vigente emitido por la autoridad competente.

3.2 Identificación en operaciones ocasionales

En operaciones ocasionales, la identificación es obligatoria cuando el monto de la operación es igual o superior a USD 1.000, según lo dispuesto por la UAF para casinos clasificados como entidades informantes.

3.3 Identificación por sospecha

Sin importar el monto o tipo de vínculo, el casino procederá a la identificación cuando existan indicios o sospechas de que una operación podría estar vinculada a lavado de activos o financiamiento del terrorismo, conforme a los criterios de la UAF.

4. Debida diligencia

Se aplican procedimientos de debida diligencia, incluyendo:

– Verificación de identidad mediante documentación válida.

– Verificación del propósito y naturaleza de la relación o transacción.

– Identificación del beneficiario final, cuando corresponda.

– Aplicación de medidas reforzadas según nivel de riesgo determinado por la UAF.

El nivel de diligencia se ajusta al riesgo asociado al cliente, operación o relación establecida.

5. Conservación de registros

Casino Luckia Arica S.A. archiva los registros de identificación y operaciones sujetos a control por al menos cinco años, contando desde la operación o el término de la relación, en cumplimiento de la Ley N° 19.913 y las instrucciones de la UAF. Entre los registros se incluyen:

– Datos de identificación del cliente.

– Documentación que respalde la identidad verificada.

– Información sobre operaciones sujetas a reporte o control.

6. Reporte de operaciones sospechosas

Ante la detección de operaciones con indicios de lavado de activos o financiamiento del terrorismo, se debe informar a la UAF siguiendo el canal formal para entidades informantes, independientemente del monto y sin que sea necesaria la certeza sobre la ilicitud. Está prohibido informar al cliente o terceros sobre la existencia de reportes realizados o en trámite ante la UAF.

7. Normas de conducta en el establecimiento

El ingreso y permanencia en Casino Luckia Arica está condicionado al cumplimiento del Decálogo del Buen Comportamiento publicado por el establecimiento. Se prohíbe:

– Ingresar o permanecer en salas de juego en estado de ebriedad o bajo sustancias estupefacientes.

– Portar armas dentro del establecimiento.

– Cometer trampas o incumplir las reglas de los juegos.

– Agredir verbal o físicamente a personal o a otros clientes.

El incumplimiento faculta al retiro del acceso a las instalaciones.

8. Responsabilidades internas

El establecimiento asigna funciones internas para:

– Supervisión de los procedimientos AML/KYC.

– Capacitación en identificación de señales de alerta.

– Actualización de registros y reportes exigidos por la normativa.

– Coordinación con la UAF y la SCJ en casos que correspondan.

9. Marco regulatorio aplicable

Ley N° 19.913: Crea la Unidad de Análisis Financiero y regula las obligaciones AML/CFT para entidades informantes en Chile.

Ley N° 19.995: Establece las bases para autorización, funcionamiento y fiscalización de casinos de juego en Chile.

Instrucciones UAF: Regulaciones específicas para casinos de juego como entidades informantes, sobre umbrales, reportes y debida diligencia.

SCJ: Superintendencia de Casinos de Juego, organismo fiscalizador del cumplimiento operativo y regulatorio.

10. Contacto

Consultas sobre esta política o procedimientos de verificación pueden dirigirse a:

Dirección: Avenida Chile 1108, Arica, Región de Arica y Parinacota, Chile.

Teléfono: +56 58 2236333

Correo electrónico: [email protected]

Sitio web: casino-luckia-arica.com